Lima,

9 de diciembre del 2023

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LAP

Ositran actualiza las condiciones y reglas para el uso del estacionamiento en el Jorge Chávez

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  • Modificación permitirá que los taxistas ingresen a la playa de estacionamiento del terminal sin acreditar solicitud de pasajeros.
  • Esta medida entrará en rigor a partir del 1° de diciembre de 2023, mediante resolución emitida el 5 de octubre del 2023 por el Organismo Supervisor de la Inversión en infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran).

Mediante Resolución N° 044-2023-CD-OSITRAN se ha aprobado la modificación de las “Condiciones y reglas generales para el uso de la playa de estacionamiento en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez”.

Esta medida elimina el requisito establecido en la sección “II. Normas para el uso de la playa de estacionamiento”, en la que se señalaba lo siguiente: “En el caso de los servicios de taxi que ingresan a la playa de estacionamiento del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez para recoger pasajeros, deberán acreditar que cuentan con una solicitud de pasajero para tal efecto”.

Cabe señalar que la modificación de esta normativa contempla el cumplimiento de una serie de lineamientos de conducta que deberán cumplir todos los conductores que brinden los servicios de taxi, a fin de no impactar en la seguridad de los pasajeros y usuarios, ni en la imagen del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez. Asimismo, la modificación de este reglamento comprende también una serie de prohibiciones que los conductores de los servicios de taxis deberán acatar.

De esta manera, la resolución dispone que Lima Airport Partners (LAP) deberá aplicar las condiciones y reglas para el uso de la playa de estacionamiento del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez priorizando los derechos de los usuarios. En ese sentido, LAP estará facultada para aplicar penalidades a aquellos taxistas que incumplan con dicho reglamento.

Para mayor información de la Resolución N° 044-2023-CD-OSITRAN, sobre la modificación a las Normas para el uso de la playa de estacionamiento, Prohibiciones y Responsabilidades por incumplimiento, puede ingresar al siguiente link: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/5275798/4741205-reso-044-2023-cd-ositran.pdf?v=1697208982